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20 abr. 2021
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La publicidad de los influencers, con un marco legal por definir

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20 abr. 2021

Pese a ser un sector ya arraigado y con un amplio volumen de negocio (en 2019 supuso una facturación global de 8000 millones de euros), la publicidad de los influencers en España se mueve en un limbo legal, sin una legislación clara.


La publicidad de los influencers, con un marco legal por definir


La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) propone incluir esta actividad en la futura Ley de Comunicación Audiovisual, como desgrana el diario Cinco Días en un reciente análisis.

El anteproyecto de la Ley General de Comunicación Audiovisual considera a los influencers “prestadores audiovisuales”, y recoge la prohibición de realizar publicidad encubierta (ya sea verbal, visual, directa o indirecta) en el artículo 120.3.

¿Qué hay de la normativa vigente en la actualidad? La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico sostiene que, al realizar publicidad en redes sociales, esta se debe identificar como tal, además de mencionar a la empresa que la realiza. Por tanto, se posiciona como una de las más aplicables al ámbito de los influencers y la publicidad.

Otros expertos señalan que el sector puede también estar sujeto a la Ley General de Publicidad, por la que se considera anunciante a la persona “natural o jurídica” que realiza la publicidad para promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes y servicios.

Sin una legislación ad hoc para esta actividad, el Código de Conducta sobre el Uso de Influencers en la Publicidad que entró en vigor el pasado 1 de enero y fue elaborado por elaborado por la Asociación Española de Anunciantes y Autocontrol se perfila como la normativa más concreta.

Este código establece “un conjunto de reglas que vincularán a todos los adheridos a la AEA y Autocontrol, así como a cualesquiera otras empresas del sector (anunciantes, agencias, representantes, medios) o influencers que voluntariamente se adhieran al mismo”. Así, incorpora seis indicaciones, que abarcan desde lo que se consideran contenidos publicitarios hasta qué se engloba en el concepto de contraprestaciones.

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