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1 oct. 2020
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Los comercios reducen su aforo un 50 % con las nuevas medidas de Sanidad

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1 oct. 2020

El Ministerio de Sanidad ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las medidas de control que se aplicarán en aquellas localidades que superen los criterios fijados el miércoles 30 de septiembre en el Consejo Interterritorial de Salud. Las restricciones de esta nueva norma, que se prevé que, de momento, se aplique sobre la Comunidad de Madrid, incluyen la limitación del aforo de los comercios al 50 %.


Las nuevas restricciones anunciadas por el Ministerio de Sanidad contemplan un aforo máximo para los comercios del 50 % - Pixabay


Con esta serie de medidas, el Gobierno central busca frenar la expansión del coronavirus en la segunda ola de contagios en la que está inmersa España. ¿Cuáles son los criterios delimitados este miércoles por el Consejo Interterritorial de Salud? Una incidencia de 500 casos por cada 100 000 habitantes en 14 días, un 10 % de pruebas PCR positivas y una ocupación de las UCI por enfermos de Covid-19 por encima del 35 %.

Actualmente, son una decena los municipios de la Comunidad de Madrid que cumplen estos criterios (de Madrid capital a Alcorcón, Fuenlabrada o Leganés), por lo que se espera que, en las próximas 48 horas, las localidades afectadas apliquen las nuevas medidas. 

¿Cuáles son esas nuevas restricciones? En primer lugar, un confinamiento perimetral de cada ciudad. Además, los comercios deberán operar con un aforo máximo del 50 % (60 % en espacios exteriores) y tendrán que cerrar sus puertas a las 22.00. La hostelería deberá, también, mantener un aforo máximo del 50 % y podrá abrir hasta las 23.00. 

Asimismo, las nuevas medidas del Ministerio de Sanidad limitan las reuniones sociales a seis personas, tanto en el ámbito público como en el privado. Dentro de sus ciudades, los ciudadanos podrán moverse libremente, pero las entradas y salidas de los municipios quedan restringidas a desplazamientos justificados, como asistencia al lugar de trabajo, a centros educativos o a servicios y establecimientos sanitarios, entre otros supuestos.

¿Cuál es el plazo de aplicación de estas restricciones? A diferencia de las fases de la desescalada, diseñadas para durar un mínimo de dos semanas, en esta ocasión las autonomías afectadas y el Ministerio de Sanidad revisarán semanalmente y de manera conjunta la situación epidemiológica de los municipios afectados para decidir las medidas a tomar.

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